El Tribunal Constitucional declaró inconstitucional la Ley 550-14 que instituye un nuevo Código Penal en la República Dominicana y ordenó la continuación de la vigencia del promulgado mediante decreto-Ley número 2274 del 20 de agosto de 1884.
Para tomar esa decision, el TC admitió las acciones inconstitucionalidad interpuesta por la Fundación Justicia y Transparencia (FJT), la Fundación Transparencia y Democracia y la Fundación Matrimonio Feliz en contra de los artículos 107, 108, 109 y 110 relativos a la interrupción del embarazo.
La FJT sometió por ante el Tribunal el recurso de institucionalidad parcial contra los artículos 107, 108, 109 y 110 de la ley 550-14, por considerar que estaba plagado de irregularidades y violaciones, tanto en el procedimiento legislativo para conocer las observaciones del Poder Ejecutivo, como también en el contenido de los artículos observados.