El Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSS) ordenó que a partir de este jueves la Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales (Sisalril), debe pagar 14 semanas de salario cotizable a las trabajadoras afiliadas al régimen contributivo del Sistema Dominicano de Seguridad Social (SDSS), que califiquen para el beneficio del subsidio por maternidad.
La entidad en reunión ordinaria emitió la resolución 418-02 que dispone el cumplimiento a lo establecido en el Convenio 183, adoptado por la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en Ginebra, Suiza, sobre protección de la maternidad 2000 y aprobado por el Congreso Nacional mediante la resolución 211-14.
«Este convenio de la OIT dispone un aumento de dos semanas de licencia de maternidad, es decir, un aumento de 12 a 14 semanas, lo que significa que las madres tienen más tiempo para cuidar a sus hijos y esto implica una mejor cobertura», según expresó el gerente general del CNSS, Rafael Pérez Modesto en nota de prensa.
El funcionario señaló que el consejo con esta resolución le da cumplimiento a este convenio de la cual el país es signatario, al tiempo que demuestra la funcionabilidad del órgano rector del sistema y el fortalecimiento gradual de la seguridad social.
Destacó que la resolución establece que el convenio de la OIT modifica el artículo 132 de la ley 87-01 y el artículo 6 del Reglamento sobre subsidio por maternidad y lactancia, así como cualquier otra disposición legal que le sea contraria.
La disposición instruye a la Sisalril a remitir un informe al CNSS cada seis meses donde se muestre el desarrollo e impacto financiero resultante de la aplicación de la presente resolución y la misma entrará en vigencia de manera inmediata.
El CNSS con esta resolución cumple con lo que establece en el artículo 74 de la Constitución de la República, en relación a los principios de reglamentación e interpretación, los tratados, pactos y convenciones relativos a derechos humanos, suscritos y ratificados por el Estado dominicano, los cuales tienen jerarquía constitucional y son de aplicación directa e inmediata por los tribunales y demás órganos del Estado.
Fuente: Z digital